El litigio sobre los murales románicos de Sijena es inagotable. Hace un mes que la jueza de Huesca encargada del caso puso a correr el reloj para que el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) devolviera las antiguas pinturas al Real Monasterio de Santa María de Sijena. Le daba un año y un mes. Pero en paralelo, la magistrada dictaba otro auto en que denegaba una petición de octubre pasado del museo catalán: un informe del Instituto de Patrimonio Cultural de España (IPCE), dependiente del Ministerio de Cultura, sobre los problemas de conservación que pudiera acarrear el traslado. Un auto de la jueza denegó esa vía, con la que el MNAC quería reforzar su posición de rechazo a la manipulación de esos bienes culturales ante el riesgo de dañarlos. El viernes el MNAC recurrió esa decisión al considerar que esa negativa judicial “lesiona su derecho fundamental” de defensa y que “resulta sencillamente inconcebible, al tiempo que constitucionalmente inaceptable”. En resumen, exige una rectificación con referencias directas a la Constitución.
Los letrados del museo advierten en un escrito que la negativa a un informe del Instituto de Patrimonio Cultural es “constitucionalmente inaceptable”
El litigio sobre los murales románicos de Sijena es inagotable. Hace un mes que la jueza de Huesca encargada del caso puso a correr el reloj para que el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) devolviera las antiguas pinturas al Real Monasterio de Santa María de Sijena. Le daba un año y un mes. Pero en paralelo, la magistrada dictaba otro auto en que denegaba una petición de octubre pasado del museo catalán: un informe del Instituto de Patrimonio Cultural de España (IPCE), dependiente del Ministerio de Cultura, sobre los problemas de conservación que pudiera acarrear el traslado. Un auto de la jueza denegó esa vía, con la que el MNAC quería reforzar su posición de rechazo a la manipulación de esos bienes culturales ante el riesgo de dañarlos. El viernes el MNAC recurrió esa decisión al considerar que esa negativa judicial “lesiona su derecho fundamental” de defensa y que “resulta sencillamente inconcebible, al tiempo que constitucionalmente inaceptable”. En resumen, exige una rectificación con referencias directas a la Constitución.
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